Una de las líneas de financiación internacional mejor dotadas y menos conocida es el FONDO PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA (FIEM) desarrollado por la SECRETARÍA DE ESTADO DE COMERCIO, perteneciente al MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD. Este Fondo se crea en el año 2011 con el objetivo de fomentar la internacionalización de la empresa española, facilitando su entrada en nuevos mercados o posicionándola en mercados clave para la política comercial española, otorgando para ello a estas empresas la financiación que no encuentran en los mercados financieros para sus proyectos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de financiación con cargo al Fondo entidades no residentes en España: Estados, Administraciones Públicas Regionales, Provinciales y Locales Extranjeras, Instituciones públicas extranjeras, así como empresas, agrupaciones, consorcios de empresas públicas y privadas extranjeras tanto de países desarrollados como de países en vías de desarrollo.
Los beneficiarios deberán ofrecer, en cualquier caso, garantías de solvencia suficiente sobre las operaciones crediticias, aportando en su caso garantía soberana, si bien podrán admitirse otras garantías de Administraciones públicas regionales, provinciales y locales extranjeras, instituciones públicas extranjeras o de empresas públicas o privadas extranjeras que sean de adecuada solvencia
Gastos Financiables
Se trata de un Instrumento financiero de apoyo a la empresa española para promover:
- Exportaciones
- Inversiones directas en el exterior
Cuantía de las Ayudas
Financiación comercial
- Tipo de interés: CIRR + prima equivalente CESCE
- Límites a financiación marcados por Consenso OCDE
- Plazos máximos 8,5 años para países avanzados; 10 resto. Plazos superiores para determinados sectores
- Tipos de interés comercial CIRR fijados mensualmente por OCDE
- Tipos CIRR válidos actualmente (15 nov. – 14 dic. 2016):
Financiación concesional
- Restringido a países de desarrollo medio y bajo de acuerdo a la clasificación del Banco Mundial
- Grado de concesionalidad mínimo: 35%
- Países Menos Adelantados (PMAs): 50% mínimo, recomendación OCDE de desligar financiación
- Países HIPC: financiación posible, aunque excepcional
- Líneas especiales para estudios: EVATIC
Proyectos de inversión
- Deuda senior. No participa en Fondos Propios
- Análisis (due dilligence) independiente del proyecto
- Garantías de la operación:
- País
- Deudor público o privado
- Proyecto
Criterios de Selección
Entre los criterios para la valoración de operaciones, cabe destacar los siguientes:
- Las líneas orientativas anuales de actuación del instrumento decididas por el Comité del FIEM.
- Características, equilibrio interno y externo del país beneficiario, así como el interés del mismo en el marco de la política comercial española. Podrá asimismo considerarse la situación de deuda bilateral del país con España y su peso en el conjunto de la cartera del
FIEM. - Interés del sector: se valorará el interés del sector en el marco de la política comercial española, así como el interés y perspectivas del mismo para la implantación de las empresas españolas en sectores estratégicos que generen nuevas oportunidades de actuación y su
permanencia a medio y largo plazo. - Interés del proyecto para España desde el punto de vista de la internacionalización: valor añadido y componente tecnológico de los bienes y servicios exportados, transferencia de conocimiento, impacto sobre la marca España, lucha contra el cambio climático, mejora de la cadena de valor de las empresas españolas, así como cualquier otro concepto de interés para la internacionalización de la empresa española.
- Valoración de la calidad de las garantías
- Limitación de riesgos de la cartera FIEM
- Coste de oportunidad de financiar o no el proyecto, considerando la existencia de otros proyectos alternativos o fuentes alternativas de financiación.
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